Ya hablamos de la regulación del Tribunal de Defensa de la Competencia al poner restricciones a la fusión de compañías eléctricas, del sector de televisión por satélite, las compañías de telefonía móvil y las gasolineras. Hoy leo un nuevo ejemplo y en este caso de un producto de consumo habitual y más cercano a los alumnos: el gel de baño.
Lo novedoso sobre otros casos habituales es que no se ha pactado una reducción del precio sino del producto servido. Además el Tribunal de Defensa de la Competencia no ha actuado de oficio sino que una de las empresas infractoras quien ha denunciado el cártel.
En concreto, La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha impuesto multas por un total de más de ocho millones de euros a las empresas Sara Lee, Puig y Colgate Palmolive por instrumentar y mantener un cártel de fabricantes de gel de baño. En concreto, la sanción a Sara Lee asciende a 3,7 millones de euros; Puig ha sido multada con 2,4 millones; y Colgate Palmolive tendrá que pagar 2,1. Henkel se ha librado de la multa por denunciar el cártel, del que formaba parte, mientras que Sara Lee la ha visto reducida en un 40%.
Bajo este acuerdo, Henkel, Sara Lee y Puig redujeron entre junio de 2006 y mayo de 2007 los envases de sus marcas Fa, La Toja, Magno, Sanex, Lactovit, Kinesia, y Heno de Pravia en un 15% de su capacidad. Colgate no llegó a reducir sus envases en la fecha acordada.
Se trata de una conducta tipificada como muy grave en la legislación de competencia, de cuya ilegalidad eran plenamente conscientes las empresas implicadas y cuyos efectos pueden prolongarse incluso más allá de la infracción.
Vía | ecomur
Imagen | solostocks
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